ASOCIACIÓN,nuestros estatutos
La mejor forma de conocernos es leyendo los Estatutos legales de la Asociación de los que entresacamos a continuación algunos artículos:
NOMBRE DE LA ASOCIACIÓN
Artículo 1.- Con el nombre de Asociación de Prejubilados de Telefónica (APT) se crea una Institución de carácter general y sin ánimo de lucro, a la que libremente pueden pertenecer sus asociados, en términos de igualdad. La APT se declara explícitamente desvinculada de partidos políticos, sindicatos y cualquier otra asociación.
MARCO JURÍDICO
Artículo 2.- La Asociación de Prejubilados del Grupo Telefónica se somete a lo dispuesto en la Let Orgánica 1/2002, de 22 de Marzo.
OBJETIVOS FUNDAMENTALES
Articulo 3.- Tiene como objetivos fundamentales: ¡Velar por el cumplimiento de los deberes y derechos dimanados de la condición de Prejubilados de Telefónica, respecto al propio Grupo Telefónica y a la Administración Pública, indicando las acciones que deben llevarse a cabo para que en ningún momento se produzca dejación o pérdida de un derecho.
- Defender de la forma más eficaz y conveniente las reclamaciones o reivindicaciones que afecten a los miembros de la Asociación.
- Establecer cauces permanentes de comunicación entre la Asociación y las Entidades públicas y privadas que puedan afectar al colectivo de asociados.
- Solicitar de las Entidades indicadas, la adopción de las medidas que, dentro de la legalidad vigente en cada momento, puedan favorecer al colectivo de asociados
MODELO DE ORGANIZACION INTERNA
Articulo 4.- Los órganos de gobierno de la APT son Asamblea General y la Junta directiva.
Artículo 5.- La organización de la APT se estructura en Comisiones, que se coordinan por medio de una Junta Directiva, que tendrá además la misión de representación de la Asociación.
Artículo 6.- Las comisiones permanentes que se articulan en la Asociación son: - Relaciones con el Grupo Telefónica - Relaciones con la Administración Pública.
AMBITO DE LA ASOCIACION
Artículo 7.- Podrán pertenecer a la Asociación de Prejubilados de Telefónica, todas las personas que hayan firmado contrato de prejubilación con Telefónica, T.S.O.S.T.E.S.A., o cualquier otra entidad que pudiera asumir los compromisos de éstas,independientemente de la situación laboral, actual o futura de las mismas.
ORGANIZACION TERRITORIAL
Artículo 8 .- El ámbito de actuación de la APT comprende todo el territorio español, y podrán establecerse Delegaciones territoriales por acuerdo de la Junta directiva, en los puntos en que el número de asociados lo aconseje. Dichas Delegaciones tienen por objeto lograr la máxima agilidad en el traslado en ambos sentidos de todos los acuerdos, avances, trabajos etc., en la misma forma en que se haría con los asociados de cada territorio si estuviesen presentes.
ACTA DE CONSTITUCIÓN
Reunidos en Madrid el día 12 de Abril de 1999, a las 12 horas, las personas que a continuación se detallan:
D. MARIANO CHICHARRO MUELA.
Doña MARÍA ANGELES MONTALVO GOMEZ.
D. JOSE FERNANDEZ TEJEDA-VELA.
D. ALBERTO PAVON LUCERO.
ACUERDAN:
1º.- Constituir una ASOCIACION al amparo de la vigente Ley 191/64, de 24 de diciembre, que se denominará: "ASOCIACIÓN DE PREJUBILADOS DE TELEFONICA "(APT)
2º.- Aprobar por unanimidad los Estatutos por los que se va a regir la entidad, que fueron leídos en este mismo acto.
3º.- Nombrar una Comisión gestora formada por las cuatro personas arriba reseñadas.
4º.-Designar a D. Pedro López Anadón, abogado, para realizar los trámites y formalidades conducentes a la inscripción de la Asociación en el Registro correspondiente.
Y sin mas asuntos que tratar se levanta la sesión siendo las 12,30 horas del día de la fecha.